Cada herencia presenta particularidades que requieren una valoración jurídica individualizada. La existencia de testamento, la composición del patrimonio, las deudas del causante y las relaciones entre los herederos pueden condicionar las decisiones que deban adoptarse.
Nuestro trabajo comienza con el análisis del título sucesorio y de la documentación disponible, la identificación de las personas con derechos en la herencia y el estudio de los bienes, cargas y obligaciones que integran el patrimonio hereditario.
Cuando existe acuerdo entre los interesados, asesoramos en la preparación de la partición y en las actuaciones necesarias para formalizar la adjudicación de los bienes.
Si surgen discrepancias, estudiamos las posibilidades de negociación y los mecanismos legalmente previstos para resolverlas. Cuando resulta necesario acudir a los tribunales, asumimos la dirección letrada de los procedimientos judiciales correspondientes.
La aceptación de una herencia y las deudas hereditarias
Antes de aceptar o repudiar una herencia, es importante valorar la composición del patrimonio hereditario y las obligaciones que puedan acompañarlo. Asesoramos sobre las consecuencias jurídicas de las distintas opciones y, cuando proceda, sobre la aceptación a beneficio de inventario.
La ley no fija un plazo breve para aceptar una herencia, pero cualquier interesado puede pedir a un notario que requiera al heredero para que decida en treinta días. El Impuesto sobre Sucesiones, en cambio, debe autoliquidarse en seis meses desde el fallecimiento, prorrogables, y conviene tratarlo con un asesor fiscal.