Los conflictos familiares requieren una intervención jurídica que tenga en cuenta no solo las disposiciones legales aplicables, sino también las circunstancias personales, económicas y familiares de quienes intervienen.
Nuestro trabajo comienza con el estudio de cada situación, la documentación disponible y las necesidades del cliente, prestando especial atención a las cuestiones que afectan a los hijos menores de edad.
Cuando existe la posibilidad de alcanzar un acuerdo jurídicamente adecuado, asesoramos en su negociación y formalización. Si resulta necesario acudir a los tribunales, asumimos la dirección letrada del procedimiento y de las actuaciones posteriores que correspondan, incluidos los recursos y la ejecución de resoluciones judiciales.
Negociación previa y procedimientos judiciales
Desde abril de 2025, antes de presentar una demanda contenciosa de divorcio, de custodia, de modificación de medidas o de liquidación de gananciales hay que haber intentado un acuerdo por alguno de los medios que prevé la Ley Orgánica 1/2025, como la negociación entre abogados o la mediación. No es necesario en las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo, para pedir las medidas urgentes de protección de menores del artículo 158 del Código Civil, en los procesos de filiación ni para ejecutar una sentencia. En los asuntos de violencia sobre la mujer, la ley excluye estos medios.
Estudiamos las particularidades de cada asunto para determinar las actuaciones necesarias y el procedimiento adecuado, especialmente cuando existen situaciones de urgencia o deben adoptarse medidas de protección de menores.