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Derecho Público

Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas

Asesoramiento y defensa en reclamaciones de indemnización por daños derivados del funcionamiento de los servicios públicos

La silla del despacho junto a la ventana

Reclamar una indemnización a la Administración

La actuación de las Administraciones públicas y el funcionamiento de los servicios públicos pueden ocasionar daños a particulares y empresas que, cuando concurren los requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico, generan el derecho a reclamar una indemnización.

La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas constituye un mecanismo de protección frente a determinados perjuicios derivados de la actividad administrativa, tanto por actuaciones como por omisiones jurídicamente relevantes.

En Bajo Herrera Estudio Jurídico prestamos asesoramiento y defensa en procedimientos de responsabilidad patrimonial, desde el estudio inicial de la viabilidad de la reclamación hasta su tramitación administrativa y eventual impugnación judicial.

Nuestra práctica comprende el análisis de los hechos y circunstancias que originaron el daño, la determinación de la Administración responsable, el estudio de la relación de causalidad y la valoración jurídica y económica de los perjuicios reclamados.

Asimismo, prestamos asesoramiento jurídico a Administraciones y entidades públicas en el estudio, tramitación y defensa de expedientes de responsabilidad patrimonial, cuando resulte legalmente procedente.

Desde Córdoba atendemos asuntos en toda Andalucía y en el resto de España.

¿Qué debe analizarse para reclamar una indemnización?

01

Un daño efectivo

Real, evaluable económicamente e individualizado.

02

Relación con el servicio público

Por su funcionamiento normal o anormal, salvo fuerza mayor.

03

Sin deber de soportarlo

No se indemnizan los daños que la ley obliga a soportar.

04

Reclamar en plazo

Un año, con reglas propias para los daños personales y la anulación de actos.

Resumen orientativo: la procedencia de la responsabilidad exige estudiar el caso completo y las posibles causas de exclusión.

El plazo para reclamar es de un año, que en los daños físicos o psíquicos empieza con la curación o la determinación de las secuelas. Si ha sufrido un daño, indíquenos la fecha en que se produjo.

Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas

Ámbitos de actuación

01

Daños derivados del funcionamiento de los servicios públicos

Asesoramiento jurídico en reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios que puedan derivarse del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que concurran los presupuestos legales para exigir responsabilidad patrimonial.

  • Reclamaciones por daños relacionados con el funcionamiento de servicios públicos.
  • Responsabilidad sanitaria: daños en la asistencia de la sanidad pública, como la del Servicio Andaluz de Salud.
  • Caídas y accidentes en la vía pública por el mal estado de aceras, calzadas o instalaciones municipales.
  • Estudio de perjuicios derivados de actuaciones u omisiones de las Administraciones públicas.
  • Reclamaciones relacionadas con daños materiales, personales o patrimoniales.
  • Daños derivados del urbanismo: cambios de planeamiento y anulación o denegación improcedente de licencias.
  • Reclamaciones por perjuicios económicos que puedan resultar jurídicamente imputables a la actuación pública.
  • Identificación de la Administración o Administraciones potencialmente responsables, incluida la responsabilidad concurrente de varias Administraciones.
  • Estudio de la existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado.
  • Análisis de la antijuridicidad del perjuicio y de la ausencia del deber jurídico de soportarlo.
  • Valoración de la relación de causalidad entre la actuación administrativa y el daño.
  • Estudio de posibles circunstancias que excluyan o limiten la responsabilidad.
  • Asesoramiento sobre la documentación necesaria para acreditar los hechos y perjuicios reclamados.
  • Análisis jurídico de la cuantificación de los daños y de los informes técnicos o periciales disponibles.
02

Reclamaciones administrativas y defensa judicial

Asesoramiento y dirección letrada durante la preparación, presentación y tramitación de reclamaciones de responsabilidad patrimonial, así como en la impugnación judicial de las resoluciones administrativas que correspondan.

  • Estudio previo de la viabilidad jurídica de reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
  • Análisis del plazo de prescripción y de las reglas aplicables a su cómputo.
  • Preparación y presentación de solicitudes de responsabilidad patrimonial ante la Administración competente.
  • Elaboración de alegaciones y escritos durante la tramitación del procedimiento.
  • Intervención en trámites de audiencia y actuaciones de comprobación.
  • Análisis de las resoluciones administrativas expresas y de los efectos del silencio administrativo.
  • Estudio de los recursos y medios de impugnación legalmente procedentes.
  • Preparación e interposición de recursos contencioso-administrativos frente a resoluciones desestimatorias, cuando proceda.
  • Dirección letrada en procedimientos judiciales relacionados con reclamaciones indemnizatorias.
  • Intervención en la ejecución de resoluciones judiciales que reconozcan el derecho a una indemnización.
03

Asesoramiento jurídico a Administraciones públicas

Asesoramiento a Administraciones y entidades del sector público en el análisis y tramitación jurídica de expedientes de responsabilidad patrimonial, así como en la defensa de sus actuaciones administrativas cuando resulte legalmente procedente. No representamos a reclamantes en expedientes en los que asesoremos a la Administración que los tramita.

  • Dictámenes sobre reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
  • Apoyo jurídico en la instrucción, sin asumir las funciones de sus órganos.
  • Estudio de la concurrencia de los requisitos legales para el reconocimiento de una indemnización.
  • Análisis de la relación de causalidad, la antijuridicidad del daño y las posibles causas de exclusión de responsabilidad.
  • Asesoramiento sobre los plazos y garantías aplicables a los procedimientos.
  • Revisión jurídica de expedientes y actuaciones de instrucción.
  • Asesoramiento sobre la solicitud y valoración jurídica de informes administrativos y dictámenes preceptivos.
  • Elaboración y revisión jurídica de propuestas de resolución.
  • Estudio de la procedencia y condiciones de la terminación convencional del procedimiento.
  • Asesoramiento sobre los criterios de valoración y cuantificación de los daños.
  • Dictámenes relacionados con recursos administrativos y controversias posteriores.
  • Defensa jurídica de Administraciones y entidades públicas ante la jurisdicción contencioso-administrativa, cuando resulte legalmente procedente.

Cómo lo abordamos

Estudio de la viabilidad y acreditación del daño

La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas exige un análisis individualizado de los hechos y de los requisitos que permiten atribuir jurídicamente un daño al funcionamiento de los servicios públicos.

Nuestro trabajo comienza con la reconstrucción de los acontecimientos, el estudio de la documentación disponible y la identificación de la Administración que podría resultar responsable.

A partir de este análisis, examinamos la existencia y características del perjuicio, su posible relación causal con la actuación administrativa y las circunstancias que pueden incidir en el reconocimiento del derecho a una indemnización.

Prestamos especial atención a los medios de prueba disponibles, la documentación económica y, cuando resulte necesario, los informes técnicos o periciales que permitan valorar el daño y sus consecuencias.

La finalidad de este estudio inicial es determinar si existen fundamentos jurídicos y probatorios suficientes para plantear una reclamación y cuál es la vía de actuación procedente.

Tramitación administrativa de la reclamación

Cuando resulta viable formular una reclamación de responsabilidad patrimonial, asesoramos en la preparación de la solicitud y de la documentación justificativa.

Durante el procedimiento, intervenimos en la formulación de alegaciones, la aportación de pruebas y las actuaciones necesarias para sostener la pretensión indemnizatoria.

Asimismo, analizamos los informes y actuaciones administrativas relevantes, así como las resoluciones que puedan dictarse durante la tramitación.

Si la Administración no resuelve en seis meses, la reclamación puede entenderse desestimada y cabe acudir a los tribunales.

Defensa ante la jurisdicción contencioso-administrativa

Cuando la Administración desestima la reclamación o concurre otro supuesto que permita acudir a la vía judicial, estudiamos las posibilidades de impugnación y los requisitos procesales aplicables.

Nuestra intervención puede comprender la preparación de la demanda, la dirección letrada del procedimiento, la proposición de prueba y los recursos legalmente procedentes.

En caso de obtener una resolución favorable, asesoramos sobre las actuaciones necesarias para hacer efectivo su cumplimiento.

Responsabilidad patrimonial y anulación de actos administrativos

La anulación administrativa o judicial de un acto o disposición no determina automáticamente el derecho a percibir una indemnización.

Para exigir responsabilidad patrimonial deben examinarse los requisitos establecidos por la legislación, las circunstancias del perjuicio y la relación entre la actuación administrativa y los daños alegados.

Esta distinción resulta especialmente importante en controversias relacionadas con decisiones urbanísticas, autorizaciones, licencias y otras actuaciones administrativas que puedan tener consecuencias patrimoniales.

Cómo empezar

Documentación inicial recomendable

Para realizar una primera valoración de una posible reclamación de responsabilidad patrimonial, puede resultar útil disponer de:

  • Descripción de los hechos que ocasionaron el daño, con indicación de las fechas y el lugar en que se produjeron.
  • Documentación que permita identificar la actuación administrativa o el servicio público relacionado con los hechos.
  • Fotografías, comunicaciones, informes o documentos que acrediten las circunstancias del daño.
  • Informes médicos o documentación asistencial, cuando se trate de daños personales.
  • Facturas, presupuestos, justificantes e informes de valoración de los perjuicios económicos o materiales.
  • Comunicaciones y reclamaciones dirigidas previamente a la Administración.
  • Resoluciones, notificaciones y requerimientos administrativos recibidos.
  • Informes periciales y demás elementos de prueba disponibles, cuando existan.
  • Documentación relacionada con procedimientos administrativos o judiciales anteriores que tengan conexión con los hechos.

No es necesario disponer de toda esta documentación para solicitar una primera consulta. Le indicaremos qué información resulta relevante según las circunstancias del asunto.

Contacto

Plantee su consulta

Explíquenos brevemente los hechos, la fecha en que se produjo el daño y las actuaciones realizadas hasta el momento. Estudiaremos la información inicial y le indicaremos si podemos asumir el asunto y cómo organizar una primera consulta.

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Si ha recibido una notificación o tiene un plazo en curso, indíquenos la fecha. No incluya informes médicos ni otros datos de salud en el formulario: le indicaremos cómo facilitarlos. El envío de una consulta no suspende ni interrumpe los plazos legales.

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